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Política > Resolución

La Corte falló contra Mendoza en el conflicto con La Pampa por el caudal hídrico y San Juan mira de reojo

El máximo tribunal aún debe resolver la situación con la provincia.

17 de julio de 2020

Este jueves se conoció el fallo de la Corte Suprema de Justicia por el cual se fijó un caudal mínimo para el Río Atuel de 3,2 metros cúbicos por segundo. Esto con el fin de moderar el daño por falta de escurrimiento que la provincia de La Pampa denunciaba que ocurría por el embalse El Nihuil, de Mendoza.

Este fallo fue aprobado por mayoría con los votos de Elena Highton de Nolazco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rozatti. Por su parte, el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, acompañó la resolución, pero expresando objeciones a los argumentos mayoritarios.

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Ante este reclamo que la Corte Suprema resolvió (ya que las provincias no se ponían de acuerdo sobre los metros cúbicos), desde la provincia de San Juan presentaron especial atención ya que el tribunal aún debe solucionar el conflicto La Pampa-San Juan. Desde la provincia pampeana también apuntaron contra San Juan por el escurrimiento hídrico, ya que entienden que las obras de diques realizadas sobre el Río San Juan son perjudiciales para el caudal que les llega.

Desde la provincia pampeana ya hicieron presentaciones en su momento para frenar las obras de los diques Ullum, Cuesta del Viento, Caracoles y Punta Negra, pero dichos pedidos quedaron sin efecto.

Sin embargo, en 2018, bajo la gobernación de Carlos Verna, se hizo otra presentación en este caso por la construcción de El Tambolar. ¿El objetivo? frenar la obra, lo que significaría para San Juan un gran problema por los avances en la construcción que se han hecho y por la mano de obra que genera, ya que hasta antes de la pandemia se empleaban 320 personas y a futuro el objetivo es tener un pico máximo de 1.400. Sobre este tema la Corte Suprema aún no se ha expedido.

Ante la resolución de la causa La Pampa-Mendoza, en suelo sanjuanino miraron con atención el fallo. En diálogo con Radio Light, el fiscal de Estado, Jorge Alvo se expresó al respecto. Destacó que el fallo es importante desde lo jurídico, ya que entiende que "hay una mutación, un cambio de doctrina en la Corte Suprema del modo de mirar el derecho ambiental y especialmente el derecho de agua".

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"Teniendo en cuenta esta doctrina que ha aplicado la Corte, nos permite a nosotros aplicar o ampliar las estrategias defensivas. Es de extrema relevancia", explicó el fiscal, al tiempo que aseveró: "Si este fallo lo extrapolamos al problema de los dos juicios (Ndr: el otro es para integrar el Comité de Cuencas - ver aparte) que tiene iniciados La Pampa en la Corte Suprema contra la provincia de San Juan, y haciendo la salvedad que no conocemos el contenido de las demandas, podemos decir que no se puede extrapolar ese fallo porque geográficamente son dos situaciones totalmente diferentes".

Según entienden desde Fiscalía, el caudal hídrico que ingresa a la Cuenca El Salado no lo hace en forma de río, porque no hay una corriente de agua natural y permanente que fluya sobre la cuenca, sino que lo hace de forma esporádica y únicamente cuando hay creciente en época de verano. "No se puede extrapolar este fallo porque geográficamente es diferente", reiteró Alvo.

Comité de Cuenca

Desde La Pampa hicieron una demanda para conformaron un Comité de Cuenca para tratar junto a Mendoza y San Juan la situación del escurrimiento hídrico. 

El fiscal Alvo se refirió brevemente sobre esta situación y adelantó que la Provincia de San Juan se va a oponer a eso. "San Juan se va a oponer. Seguramente vamos a hacer un frente común con la provincia de Mendoza", explicó el fiscal de Estado.

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