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Política > Lesa humanidad

La Justicia Federal manda a juicio oral al excortista Caballero Vidal

Es por su actuación de juez durante la dictadura. Inicialmente lo procesaron por varios delitos, pero será enjuiciado por el más leve porque es el único que quedó firme. Por los más graves, lo siguen investigando.

03 de agosto de 2019

En su dilatada carrera en el Poder Judicial de la provincia, seguramente Juan Carlos Caballero Vidal nunca imaginó tener que sentarse en el banquillo de los acusados. Por disposición de la Justicia Federal, el excortista será sometido a juicio por omitir dos denuncias que le llegaron a sus manos en la época de la dictadura militar, cuando era juez de primera instancia. El hecho figura en la causa por delitos de lesa humanidad que se está sustanciando en su contra, en donde también lo investigan por delitos muchos más graves que hasta el momento no han sido probados.

La semana pasada, afirmaron fuentes judiciales, el fiscal federal Francisco Maldonado pidió que una parte de la causa fuera elevada a juicio oral y público, concretamente la que versa sobre el delito de no promover una acción penal para investigar dos hechos graves. La defensa no se opuso, por lo que el juez Leopoldo Rago Gallo está obligado a enviar en estos días el expediente al Tribunal Oral Federal para que fije fecha del debate.

El proceso se disparó en 2017, cuando la Justicia Federal se hizo eco de los dichos de dos abogados que le endilgaron. Acusaron a Caballero Vidal de que, en su rol de juez penal durante la dictadura, en 1977, se negó a investigar la muerte de Ángel Carbajal y las torturas sufridas por Héctor Cevinelli, ambos víctimas del régimen militar.

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Rago Gallo lo procesó en 2018 por entender que fue miembro de una asociación ilícita que montaron los militares y ser partícipe necesario de los delitos de privación ilegítima de la libertad, tormentos agravados y no impulsar una causa penal para determinar qué pasó con Carbajal y Cevinelli. La defensa del excortista apeló, la Cámara Federal de Mendoza le dictó la falta de mérito en los delitos más graves y confirmó la imputación por su negativa a investigar, que es el más leve.

Así las cosas, por ahora, Caballero Vidal será enjuiciado por la tipificación que establece el artículo 274 del Código Penal. El mismo habla de “dejar de promover la persecución y represión de delincuentes” y establece pena de inhabilitación de 6 meses a 2 años para ocupar cargos públicos.

A juzgar por la escala penal, es un delito considerado menor que no prevé pena de cárcel y una de las opciones que tiene la defensa es pedir un juicio abreviado para hacer todo más sencillo. Además, Caballero Vidal está jubilado y alejado de cualquier actividad, es decir la inhabilitación no lo perjudicaría en nada.

De todos modos, el excortista continúa bajo la lupa por los hechos más severos que le enrostran. La falta de mérito que dictó la Cámara Federal de Mendoza significa que seguirá siendo investigado y si eventualmente aparecen pruebas que lo compliquen, podría ser procesado y enviado a juicio.

Segun las fuentes, el abogado defensor, Fernando Castro, entiende que no hay justificación. Por eso, pidió que su cliente sea sobreseído por los delitos de asociación ilícita, tormentos agravados y privación de la libertad.

Las acusaciones en su contra le costaron caro a Caballero Vidal. Rago Gallo pidió el año pasado su destitución como cortista para poder indagarlo y para no quedar más expuesto, renunció después de haber permanecido por más de 20 años en el máximo tribunal de la provincia.

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