Martes 21 de Abril
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Economía > A tener en cuenta

Qué fecha límite hay para pagar el aguinaldo y de cuánto sería

Los trabajadores y jubilados recibirán el primer pago del año equivalente a la mitad del mejor sueldo del semestre.

POR REDACCIÓN

Hace 2 horas
El calendario para jubilados se distribuye por terminación de DNI.

La primera cuota del Sueldo Anual Complementario representa un refuerzo económico fundamental para miles de hogares en Argentina. Este pago equivale al cincuenta por ciento de la mayor remuneración mensual bruta percibida durante el primer tramo del año.

La legislación laboral establece que el depósito debe concretarse hasta el 30 de junio de 2026, aunque las empresas cuentan con un margen de cuatro días hábiles adicionales para acreditar los fondos según su modalidad administrativa. Por este motivo, la acreditación efectiva puede extenderse legalmente hasta la primera semana de julio.

El beneficio corresponde a los trabajadores registrados en relación de dependencia, empleados del sector público y personal de casas particulares. Asimismo, los jubilados y pensionados nacionales perciben este monto, el cual suele abonarse junto con el haber mensual de junio según el calendario de pagos de la ANSES.

En este caso, las fechas específicas se distribuyen generalmente entre la segunda y la cuarta semana del mes. Quedan exceptuados de este ingreso los trabajadores informales, monotributistas, autónomos y beneficiarios de programas sociales que no posean un vínculo laboral de dependencia.

Para el cálculo del aguinaldo se toma como base el salario más alto cobrado entre enero y junio. En situaciones donde no se prestó servicios durante todo el semestre, la liquidación es proporcional al tiempo trabajado, dividiendo el mejor sueldo por doce y multiplicándolo por los meses desempeñados.

Este ingreso adicional resulta clave para afrontar gastos del hogar y, de acuerdo a la normativa vigente, no se encuentra sujeto a descuentos de seguridad social o impuesto a las ganancias dentro de los límites fijados por la ley. En caso de incumplimiento del plazo legal, el trabajador se encuentra facultado para reclamar el pago por tratarse de una obligación establecida.

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