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Judiciales > Resolución

Como pidió Fiscalía, los policías grafiteros fueron condenados a un año de prisión condicional

La jueza Celia Maldonado dictó sentencia haciendo lugar al pedido de fiscalía.

POR REDACCIÓN

05 de mayo de 2023
Los condenados dañaron el auto de su colega porque los delató por no cumplir con sus tareas, según la investigación. 

Tras varios días de audiencias, el juicio contra los dos policías, acusados de dañar con aerosol el auto de un colega, llegó a su final. Tanto el oficial inspector Gastón Cuello de 38 años y el cabo Gerardo Albarracín, de la misma edad, recibieron una pena de un año de prisión condicional e inhabilitación para ejercer su profesión. Ambos actuaron en una noche de julio de 2022 por venganza. Fueron contra el vehículo de otro policía para rayarlo con pintura roja. El motivo: venganza.

Cuello y Albarracín formaban parte del Comando Radioeléctrico. Una noche, el 25 de julio del año pasado, estuvieron parados con el patrullero y no realizaron ningún recorrido. El dispositivo satelital del rodado los delató con el cabo primero Néstor Páez, colega del Cisem. El uniformado los delató con un informe.

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Al parecer esta actitud hizo enojar a los efectivos que cuatro días después emprendieron la venganza. Los policías se subieron a una moto, se acercaron hasta las inmediaciones del Cisem y de forma clandestina rayaron el auto de Páez, un Renault Logan.

Pero los efectivos no se salieron con la suya. Fueron descubiertos, denunciados e investigados por el delito de daño agravado con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones.

El fiscal Renato Roca, de la UFI Delitos Especiales, se encargó de conseguir las pruebas para probar el hecho. El material probatorio fue contundente contra los efectivos. Ambos fueron captados con las cámaras de seguridad mientras cometían el ilícito. Tras la conclusión del juicio, la jueza del debate, Celia Maldonado falló a favor de una condena y también prohibió a los sentenciados a tener contacto con la víctima y acercarse por un radio menor a 300 metros.

Los abogados defensores de los acusados, Claudio Vera y Gustavo Sánchez, mantuvieron durante todo el debate que el hecho ocurrido no fue un daño, sino una contravención y que no debió ser tratado en el fuero penal, sino en un Juzgado de Faltas. A pesar de que la condena fue dictada este viernes, aún no está firme.

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