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Condenaron a dos implicados de prender fuego a un hombre en la terminal
La Justicia cerró el caso con dos condenas mediante juicio abreviado y el sobreseimiento de una imputada por falta de pruebas
La Justicia sanjuanina resolvió la situación de los tres imputados por el ataque a un hombre en situación de calle ocurrido el 2 de enero en la Terminal de Ómnibus de Capital. En el marco de un juicio abreviado, dos de los acusados fueron condenados mientras que una mujer fue sobreseída por falta de pruebas, según confirmó el fiscal Francisco Pizarro tras la audiencia.
El principal acusado, Hernán Álvarez, apodado “Pata de Mono”, recibió una pena de 1 año y 2 meses de prisión efectiva debido a que contaba con una condena previa en suspenso desde 2019. En tanto, Brisa Mallea fue condenada a 1 año y 2 meses de prisión condicional, lo que le permitió recuperar la libertad tras la resolución judicial. Por su parte, Sofía Alanís, conocida como “Pampita”, fue sobreseída luego de que no se encontraran elementos que la vinculen de manera directa con el hecho.
En relación a esta decisión, el fiscal explicó en diálogo con DIARIO HUARPE que “según los testimonios y las pruebas recolectadas, entre ellas registros fílmicos, se determinó que una de las imputadas, la señorita Alanís, no había participado del hecho, por lo que se solicitó su sobreseimiento”. Además, agregó que “respecto de Álvarez y Mallea, se logró establecer su autoría y se avanzó en un acuerdo con las defensas”.
La resolución del caso tuvo como eje central el testimonio de la víctima, Jaime Rafael Pérez, quien declaró ante el Ministerio Público Fiscal e identificó a Álvarez y Mallea como los responsables del ataque. Su relato fue clave para avanzar en la causa y permitió encaminar el expediente hacia una salida abreviada.
De acuerdo a la reconstrucción judicial, el episodio se originó en un conflicto previo entre Pérez y Mallea. Según consta en la causa, el hombre habría tenido conductas inapropiadas hacia la joven, incluyendo un episodio ocurrido el mismo día del hecho. Esta situación derivó en la reacción de Álvarez, quien lo atacó violentamente. En ese contexto, la víctima fue rociada con alcohol y prendida fuego, lo que le provocó quemaduras de segundo grado y compromiso en las vías respiratorias.
Cambio de calificación legal
Uno de los puntos determinantes del proceso fue la modificación de la calificación legal. El fiscal detalló que “hubo una recalificación del delito a partir de los informes médicos obtenidos sobre la víctima y el tiempo que permaneció internado, así como las circunstancias en que se produjeron los hechos”. En este sentido, precisó que la causa quedó encuadrada como lesiones, lo que implicó penas menores a las previstas inicialmente.
Sobre las penas, Pizarro indicó que “a la señora Mallea se le acordó una pena de 1 año y 2 meses de prisión de cumplimiento condicional, mientras que al señor Álvarez se le impuso la misma pena pero de cumplimiento efectivo, debido a que contaba con una condena anterior del año 2019”. Asimismo, remarcó que “por este motivo, Álvarez deberá cumplir la pena en el Servicio Penitenciario”.
La causa fue investigada por el fiscal Francisco Pizarro junto a los ayudantes fiscales Maximiliano Gerarduzzi y Facundo Romero. La defensa estuvo a cargo de Sandra Leveque, en representación de las dos mujeres, y de Faustino Gelvez por parte de Álvarez. El juez de Garantías Diego Sanz fue el encargado de evaluar el acuerdo alcanzado entre las partes y dictar las resoluciones correspondientes en este caso que generó fuerte conmoción social en la provincia.