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Policiales > UFI Delitos Especiales

Detuvieron a dos policías por golpear a un detenido en una comisaría

Un agente y un cabo son los arrestados, acusados del delito de apremios ilegales. 

23 de mayo de 2021

La Justicia investiga a dos policías de San Juan por golpear a un hombre que estaba detenido en la Comisaría 20ª de Angaco. El hecho ocurrió el sábado 1 de mayo, Día del Trabajador, pero recién detuvieron a los uniformados el viernes pasado 21 de mayo. 

Los arrestados son un agente de la Unidad Operativa de Albardón y un cabo, que era el calabocero de mencionada dependencia policial. Sus nombres no fueron aún revelados.  A los dos se les achaca el delito de apremios ilegales después de que fueran denunciados por un hombre de apellido Cuello. 

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El sujeto contó que lo detuvieron por circular fuera del horario permitido (cerca de la 1.30) y por no llevar barbijo. Y que una vez en la celda lo golpearon durante toda la noche tanto en el cuerpo como en el rostro, apuntando específicamente contra el agente y cabo, que fueron aprehendidos finalmente. 

La Fiscalía Delitos Especiales es la que investiga el hecho. Después de recibir la denuncia, la unidad fiscal recolectó el testimonio de un testigo y un informe médico realizado sobre la víctima, lo que fueron pruebas suficientes para pedir la orden de detención de los efectivos policiales. 

El fiscal que lleva la causa, Renato Roca, explicó a DIARIO HUARPE que recién están en la etapa preliminar de la investigación y que este lunes 24 de mayo feriado será la audiencia de formalización y control de detención. El funcionario del Ministerio Público Fiscal no descartó que haya más autores. 

Versión de los policías

Desde el entorno de los uniformados detenidos, dijeron que al hombre lo detuvieron por provocar disturbios en la vía pública y que si hubo alguna agresión física fue durante el arresto porque el hombre se resistió. Además alegaron que el detenido se autoagredió dentro del calabozo. 

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Apremios ilegales

Según el Código Penal Argentino, en su artículo 144 bis, "será reprimido con prisión o reclusión de uno a cinco años e inhabilitación especial por doble tiempo:
1. El funcionario público que, con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, privase a alguno de su libertad personal;
2. El funcionario que desempeñando un acto de servicio cometiera cualquier vejación contra las personas o les aplicare apremios ilegales;
3. El funcionario público que impusiere a los presos que guarde, severidades, vejaciones, o apremios ilegales.
Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en los incisos 1, 2, 3 y 5 del artículo 142, la pena privativa de la libertad será de reclusión o prisión de dos a seis años".
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