Martes 12 de Mayo
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El Ministerio de Educación autorizó un aumento del 10,33% en las cuotas de colegios privados

La Disposición N° 139-DEP-2026 establece un tope de aumento del 10,33% sobre los aranceles vigentes en marzo, el cual comenzará a regir para las facturaciones del mes de mayo de 2026.

POR REDACCIÓN

Hace 1 hora
Habrá un nuevo incremento del 10,33% a partir de mayo. FOTO: Gentileza

El Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan, a través de la Dirección de Educación Privada, ha oficializado un nuevo ajuste en los aranceles de los colegios de gestión privada para el primer trimestre de 2026. La medida, enmarcada en la Disposición N° 139-DEP-2026, establece un tope de aumento que busca equilibrar los costos operativos de las instituciones con las posibilidades financieras de las familias.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° de la normativa, se autoriza un incremento de hasta un 10,33% sobre el valor de la cuota vigente al mes de marzo de 2026. Este ajuste comenzará a aplicarse en las facturaciones correspondientes al mes de mayo de 2026. Es importante destacar que, según el documento, si una institución no aplica el porcentaje total autorizado en este período, dicho saldo no será acumulable para futuros aumentos.

La actualización de los aranceles no es arbitraria, sino que responde a la necesidad de garantizar la cobertura de los costos de las unidades educativas. Para determinar este porcentaje, se utiliza el Índice Provincial de Aranceles de Educación Privada (IPADEP), el cual se basa en tres variables fundamentales: la evolución de los salarios tomando como referencia el cargo testigo de docente con antigüedad, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a la Provincia de San Juan, y el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) a nivel nacional.

El informe IPADEP Nro. 23, emitido por el Instituto de Investigaciones Económicas y Estadísticas, justificó este ajuste particular considerando, además, una reestimación del salario testigo del período anterior. Las autoridades subrayan que la actualización debe fundarse en un principio de justicia que atienda tanto a las necesidades financieras de los prestadores del servicio como a las de los usuarios.

La Disposición N° 139-DEP-2026 es clara al prohibir que las instituciones realicen aumentos adicionales sin la autorización expresa de la Dirección de Educación Privada. Asimismo, los colegios tienen la obligación de informar a los padres o representantes de los alumnos sobre esta nueva disposición a través de sus canales de comunicación habituales. 

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