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Economía > Hasta el 31 de mayo

“Cuota Simple”: entró en vigencia en nuevo programa de financiación

A partir de este jueves 1 de febrero y hasta el próximo 31 de mayo, entra en vigencia el nuevo programa de financiación “Cuota Simple”, que remplazará el antiguo Ahora 12.

POR REDACCIÓN

01 de febrero de 2024
Las compras solo se podrán realizar con tarjetas de crédito. (Foto:Gentileza)

Con el objetivo de fomentar el consumo para grandes compras, este jueves 1 de febrero entró en vigencia el nuevo programa de financiación “Cuota Simple”. Los consumidores podrán adquirir diversos artículos en tres y seis cuotas fijas con tarjetas de crédito bancarizadas y con una baja tasa de interés. 

El nuevo programa de financiación será el remplazo del Ahora 12 y por el momento no ofrecerá opciones de 10, 12, 18 y 24 cuotas como se podía comprar antes.

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El programa tendrá alcance a nivel nacional y se podrá usar todos los días tanto en tiendas físicas y virtuales. La tasa será del 85% respecto a la Tasa Nominal Anual (TNA) del Banco Central (BCRA), actualmente del 110%, ajustándose de forma automática según la variación de esta última. Es decir, con el porcentaje subsidiado por el Estado, la tasa de Cuota Simple sería de 93,5%.

Qué se podrá comprar

  • Línea Blanca. Comprenderá únicamente los siguientes productos: aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes; calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
  • Indumentaria: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), como también joyería y relojería.
  • Calzado y Marroquinería: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
  • Teléfonos celulares con tecnología 4G.
  • Muebles para el hogar.
  • Bicicletas de todo tipo, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.
  • Motos: todas aquellas cuyo precio final no sea superior a $1.300.000.
  • Servicios Educativos. Comprenderá cursos de idioma, cursos relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluirá escuelas ni universidades.
  • Colchones y sommiers.
  • Libros y textos escolares.
  • Anteojos recetados y lentes de contacto, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a $97.000.
  • Artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).
  • Juguetes y juegos de mesa: todos los productos.
  • Servicios técnicos de electrónica y electrodomésticos para el hogar.
  • Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
  • Instrumentos musicales.
  • Computadoras, notebooks y tablets.
  • Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación con tecnología LED (lightemitting diode).
  • Televisores y monitores.
  • Productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.
  • Pequeños electrodomésticos.
  • Servicios de preparación para el deporte, comprendiendo gimnasios.
  • Equipamiento Médico. Comprenderá instrumentos como equipos de terapia respiratoria, camas ortopédicas, sillas de ruedas y ortopedia. Se establecerá un tope para el rubro de $1.160.000.
  • Maquinaria y herramientas. Comprenderá: taladros, amoladoras, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadoras y morsas.
  • Espectáculos y eventos culturales como obras teatrales y conciertos de artistas nacionales, y se establecerá un tope de $62.000.
  • Elementos durables de cocina: ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio.
  • Servicios de reparación de vehículos automotores y motocicletas.
  • Kit para la conexión domiciliaria a los servicios públicos de agua y cloacas.

"Los bienes y servicios detallados en los incisos precedentes podrán ser ampliados, reducidos o modificados por la Autoridad de Aplicación", se indica además en la Resolución y agrega a su vez que al programa podrán adherir los establecimientos que califiquen como "Supermercados", "Hipermercados" o "Tiendas de Rubros Generales", con tres y seis cuotas que ofrezcan bienes de producción nacional.

Aunque la normativa prevé que el programa se extienda hasta el último día del quinto mes del año, lo cierto es que se prevé que pueda ser prorrogado en caso de ser necesario.

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