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Humedales zondinos

La zonificación del Parque Presidente Sarmiento ya tiene su Resolución

Desde la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia confirmaron la noticia. A partir de ahora el trabajo que se está haciendo para obtener el plan de manejo se sustenta en una resolución oficial.

POR REDACCIÓN

12 de diciembre de 2018

Según explicaron desde la secretaría de Medio Ambiente la resolución viene a fundar las bases del trabajo que se está realizando para determinar el Plan de Manejo del área.

La resolución Nº 1443-SEAyDS-18 básicamente establece que la zonificación del área es una herramienta esencial para elaborar el manejo de la misma, y su finalidad es orientar, distribuir y regular los usos y actividades admitidas, según su categoría de manejo y objetivos de creación.

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Además asegura que contar con una zonificación preliminar es de vital importancia para establecer pautas orientativas de manejo de los espacios del parque, “aun cuando todavía exista poca información sobre su patrimonio biológico y cultural, permitiendo su modificación y/o ajuste en el futuro, a favor de un mejor cumplimiento de los objetivos del área”.

En ese marco se determina una zona de intervención baja. Esta abarca una superficie de 302 hectáreas, es decir el 40 % del Parque.

Comprende el sector correspondiente a la ladera Oeste de la Sierra Chica de Zonda, extendiéndose hasta la zona del humedal.

El mismo corresponde la provincia fitogeográfica del Monte donde se distinguen cuatro ambientes: laderas, matorral de arbustos (corres-pondiente a la zona más alejada del humedal), totoral y vegetación asociada al humedal y hacia el Sur un bosque de Tamarix ramosissima, considerada una especie exótica invasora. Este encuentro de ambientes brinda hábitat y alimentación a una importante diversidad de fauna especialmente de aves.

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El objetivo principal de esta zona es conservar en buen estado los re-cursos naturales y culturales con presencia o vecindad de actividades humanas de bajo impacto. Se protege parte del acervo cultural (hornos antiguos) e histórico (Monumento Histórico Las Ideas No Se Matan) del área. Se pretende mantener la biota asociada y colindante a las lagunas.

En esta zona están permitidas actividades vinculadas al turismo (en forma medida y controlada), actividades de investigación, esparcimiento y actividades recreativas (no a motor) asociadas a la educación y al contacto con la naturaleza (visitas guiadas, safaris fotográficos, paseos en bicicleta, trekking, cabalgatas).

Todo proyecto de obra o actividad llevada a cabo por entes públicos o privados, capaz de modificar de forma directa o indirecta el ambiente de la zona de intervención baja, deberá ser previamente evaluado por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

La zona de intervención Media, abarca una extensión de 250 hectáreas, es decir el 33 % del área total.

Comprende la mayor parte del humedal del área protegida Parque Provincial Presidente Sarmiento. En esta zona se reconocen dos tipos de ambientes confluyentes, el totoral, que se encuentra rodeando el núcleo de agua, formado por cuerpos lacustres con especies asocia-das a dicho sitio, como Juncus acutus, Equisetum giganteum, Hydro-cotyle bonariensis y Typha domingensis, esta última utilizada para la nidificación de especies de aves migratorias.
Rodeando este ambiente, se encuentra un área de transición entre el ambiente de Monte y el totoral, con especies de la familia Poaceae (Paspalum dilatatum, Cynodon dactylon); Salicáceas (Salix humboldtiana); Solanaceae (Solanum eleagnifolium); Asteraceae (Tessaria absinthioides, Solidago chilensis); Malvaceae (Spharealcea miniata); Fabaceae (Prosopis strombulifera, Prosopis flexuosa, Medicago sativa) y Ranunculáceas (Clematis montevidensis).

Su objetivo es conservar los Recursos naturales y sostener, mediante las gestiones necesarias, el nivel de agua de las lagunas.

Acá las actividades permitidas son las vinculadas al turismo (visitas guiadas, avestaje de flora y fauna), extracción de recursos naturales (totora, tamarindo, carrizo y caña), actividades de investigación, esparcimiento y actividades recreativas (no a motor) asociadas a la educación y al contacto con la naturaleza (visitas guiadas, safaris fotográficos, paseos en bicicleta, trekking, cabalgatas).

Todo proyecto de obra o actividad llevado a cabo por entes públicos o privados, capaz de modificar de forma directa o indirecta el ambiente de la zona de intervención media, deberá ser previamente evaluado por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Por último se establece una zona de intervención Alta, que comprende una superficie de 200 hectáreas, es decir el 26 % de la superficie total del Parque.

Abarca el sector Oeste del Área Protegida.

El tipo de ambiente de esta zona corresponde a la de vegetación del Monte, descrita para la zona de intervención baja.

El objetivo de esta zona es concentrar la mayor parte de la infraestructura y sectores de recreación del Área Protegida, necesaria para la gestión de la misma y contener los asentamientos urbanos fuera de las zonas de baja y media intervención.

Zona de intervención Alta 1

Es una zona de muy alta intervención, con impactos altos focalizados y con un nivel proporcional de sacrificio e infraestructura que dan so-porte a la gestión de los usuarios y a la operación en general del área. Representa el portal de ingreso al Área Protegida e incluye la mayor parte de servicios que se ofrece al visitante (información general, baños, sector de acampe, sector de camping, Centro Operativo). Esta zona abarca una superficie de 6 hectáreas (1%).

Zona de intervención Alta 2

Abarca una gran parte del Área Protegida afectada principalmente por asentamientos urbanos y donde se encuentra en mayor proporción la batería de pozos del Departamento de Hidráulica. Son zonas de intervención absoluta, con impactos altos y con un nivel de sacrificio e infraestructura que permite la convivencia entre los pobladores y el ambiente. La gestión y la operación en general en esta área se ven imposibilitadas a causa de los asentamientos urbanos.

Las actividades permitidas en zonas de intervención alta 1 y 2 son aquellas vinculadas al turismo (visitas guiadas, avistaje de flora y fauna), acampe, camping, investigación, trabajos con la comunidad y establecimientos educativos (charlas, talleres, jornadas), y todas aquellas actividades necesarias para llevar a cabo la gestión y el mantenimiento del Área Natural Protegida (elaboración de cartelería, cercos de contención, depósitos de materiales, estacionamiento, disposición de espacio para el desarrollo de actividades). Además, está des-tinada a sufrir transformaciones de sacrificio e infraestructura que se consideren necesarias para el manejo y la operatividad del Área Protegida.

“Con esta resolución se afianza el trabajo hecho y el trabajo por hacer”, dijeron desde Medio Ambiente.

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