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Judiciales > A 31 años

La Cámara Federal confirmó el juicio en ausencia contra los acusados del atentado a la AMIA

El fallo allana el camino para que la Fiscalía avance hacia el debate oral y público contra diez ciudadanos iraníes y libaneses, en un esfuerzo por evitar la impunidad de los responsables del atentado a la AMIA.

POR REDACCIÓN

Hace 2 horas
Los diez imputados por el atentado a la AMIA.

La Cámara Federal porteña confirmó este martes 23 de septiembre de 2025 el juicio en ausencia contra los iraníes y libaneses acusados por el atentado del 18 de julio de 1994 a la AMIA. Esta decisión ratificó lo dispuesto previamente por el juez Daniel Rafecas, subrogante del Juzgado Federal N° 6 y a cargo de la causa.

La confirmación fue emitida por la Sala I del tribunal, con la firma de los camaristas Martín Irurzun y Mariano Llorens. El fallo desbloquea el camino para que la Fiscalía, a cargo de Sebastián Basso de la UFI AMIA, procese y pida elevar el caso a la etapa de debate oral y público.

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Validación de la Ley y los Imputados

La resolución de la Cámara validó la Ley 27.784, sancionada por el Congreso de la Nación, que incorporó la modalidad del juicio en ausencia al régimen procesal argentino. Los jueces de la Cámara Federal señalaron que esta norma reviste carácter general y abstracto y no es una ley ad hoc destinada a juzgar solamente el atentado a la AMIA. En cambio, resulta aplicable a cualquier caso que involucre graves violaciones a los derechos humanos y crímenes organizados. Respecto a la garantía de defensa en juicio, la Cámara entendió que esta estará asegurada mediante la presencia constante, efectiva y activa de letrados defensores.

Los diez acusados que irán a juicio son Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Sobre ellos pesa una alerta roja de Interpol y un pedido de captura internacional desde 2006, dictado tras una presentación del fiscal Alberto Nisman. Varios de estos acusados son o fueron funcionarios del gobierno de Irán y nunca se logró detener a ninguno.

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Argumentos a favor y en contra

En su voto, el juez Llorens afirmó que la finalidad del juicio en ausencia es “evitar la impunidad y garantizar que delitos de inusitada gravedad, como lo fue el atentado a la AMIA, queden sin reproche, en pos del fortalecimiento del Estado de derecho”. Llorens destacó la necesidad de reparación para los allegados de los 85 muertos y 150 heridos en el ataque, quienes vieron lesionado su “derecho a la verdad” por el transcurso del tiempo y las “alternativas ineficaces y estériles” previas. El camarista expresó que la Ley 27.784 "tal vez sea el instrumento que coloque, al fin, en el centro de la escena a los culpables del atentado terrorista más grave de nuestra historia”.

Por su parte, el juez Irurzun recordó que el juicio en ausencia es una "herramienta excepcional" limitada a los "crímenes más graves del derecho de gentes", alineada con los compromisos internacionales de Argentina.

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Pese a la confirmación, la defensa oficial de los imputados había apelado la resolución del juez Rafecas, alegando que la ley de juicio en ausencia es violatoria del principio de legalidad y del debido proceso. Algunas querellas también manifestaron objeciones, advirtiendo que la intención podría ser “avanzar hacia un juicio con una acusación carente de sustento probatorio”, lo cual garantizaría que “nunca se sepa lo que realmente pasó y que reine la impunidad”.

La investigación de la UFI AMIA determinó previamente que la decisión de atacar la mutual judía fue adoptada por las máximas autoridades de la República Islámica de Irán, quienes encomendaron su ejecución a la organización terrorista Hezbollah. En el marco de la causa, se libraron 17 exhortos diplomáticos, aunque Irán “negó tajantemente cualquier colaboración con la Justicia argentina”.

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