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Golpeó a un joven en un boliche sanjuanino y deberá pagar $3.000.000
El imputado deberá realizar trabajos comunitarios y pagar 3.000.000 de pesos a la víctima por las lesiones ocasionadas.
POR REDACCIÓN
Un violento episodio ocurrido en el interior del local bailable "Ladran Sancho" terminó con una resolución millonaria en los tribunales sanjuaninos. El imputado, identificado como Federico Mateo Marín, logró la suspensión del juicio a prueba por un período de dos años tras ser denunciado por el delito de lesiones leves.
Fuentes judiciales informaron que el hecho se produjo el pasado 2 de mayo, alrededor de las 4 de la mañana. Según consta en el legajo fiscal, la víctima se encontraba junto a su pareja cuando Marín se le abalanzó con la frase: “eh, vos me conocés a mí…”. Ante el desconcierto del damnificado, quien intentó apartarlo, el agresor reaccionó de forma violenta propinándole un golpe de puño en el rostro, seguido de otros ataques en la cabeza y la nuca.
Violencia fuera del local y detención
La pelea no terminó dentro del boliche. El personal de seguridad expulsó a ambos sujetos, pero el conflicto se trasladó a la vereda sur de la Avenida Libertador San Martín. Allí, Marín intentó continuar con la agresión mediante golpes de puño y puntapiés, aunque no logró herir nuevamente a la víctima antes de la llegada del Comando Urbano.
Ambos involucrados fueron trasladados inicialmente a la Comisaría 4° por disturbios en la vía pública. Sin embargo, una vez en la sede policial, el damnificado radicó la denuncia penal tras constatar que los golpes le habían provocado una herida cortante y la pérdida de una pieza dental. Ante la evidencia, el Ayudante Fiscal en turno ordenó el inicio del Procedimiento Especial de Flagrancia.
La resolución judicial
Bajo la dirección del fiscal Dr. Cristian Gerarduzzi, se acordó una suspensión del juicio a prueba que impone estrictas condiciones al agresor. El imputado deberá abonar la suma de $3.000.000 con destino directo a la víctima, realizar 30 horas de trabajos comunitarios de labores en un municipio a determinar por la OMA, las cuales deben cumplirse en un plazo de 3 meses. El beneficio de la suspensión se mantendrá vigente por 2 años.