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Política > Resolución

La Justicia rechazó dos amparos y el DNU de Milei sigue vigente

Se trata de los primeros fallos sobre el reclamo central contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) de Javier Milei. De este modo, la Justicia evitó declarar inconstitucional la medida.

POR REDACCIÓN

23 de enero de 2024
Los amparos fueron presentados por el Observatorio del Derecho a la Ciudad. (Foto: gentileza).

El juez en lo contencioso-administrativo federal, Enrique Lavié Pico, rechazó hoy los primeros amparos que se presentaron para declarar inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 de desregulación de la economía del gobierno de Javier Milei. Se trata de las primeras resoluciones judiciales que resuelven el fondo de los reclamos.

Lavié Pico se pronunció sobre los casos que presentaron el abogado Jorge Rizzo y la asociación civil Observatorio del Derecho a la Ciudad. Para el juez el caso “no cumplió con la carga de poner en evidencia, de manera circunstanciada, la ilegalidad y arbitrariedad que invoca como fundamento de su pretensión”.

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En ambas resoluciones, el juez entendió que el amparo no era la vía adecuada para hacer el reclamo, que quienes iniciaron las causas no tenían legitimación para y que no presentaron un perjuicio concreto que el DNU les causa, y que el Congreso de la Nación -tal como establece la Constitución Nacional- está en plazo para analizar la validez o no del decreto.

Así, el juez no se pronunció concretamente sobre la constitucionalidad del DNU y para eso citó al fiscal Fabián Canda que en su dictamen de ayer sobre el caso señaló que la decisión “no importa de manera alguna un pronunciamiento acerca de la validez constitucional del DNU N° 70/203.”.

Sin embargo, el efecto concreto que tienen los fallos es una suerte de aval al decreto porque sigue en vigencia. Estos fallos tienen la importancia que son los primeros que analizan el fondo de los reclamos. Hasta el momento lo que se habían dictado eran medidas cautelares, muchas de las cuales suspendieron tramos del DNU.

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