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La Justicia rechazó el amparo de dos diputadas kirchneristas contra el Servicio Cívico Voluntario

POR REDACCIÓN

20 de noviembre de 2019
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, informó hoy que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12 rechazó el amparo que presentaron las diputadas nacionales del Frente de Todos, Nilda Garré y Gabriela Cerruti, contra el Servicio Cívico Voluntario. A través de un comunicado, el Ministerio de Seguridad detalló que fue la jueza Macarena Marra Giménez, a cargo del juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 12, quien rechazó el amparo impulsado por las diputadas kirchneristas. La medida también fue promovida por la legisladora de la Ciudad de Buenos Aires, María Andrea Conde, delegados de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y otras asociaciones civiles. El amparo solicitaba que se declarase la nulidad de la Resolución 598/19, mediante la cual se creó el Servicio Cívico Voluntario en Valores (SCVV), invocando la violación al artículo 14 de la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros tratados. En este sentido, se requirió una medida cautelar para suspender los efectos de dicha Resolución hasta el dictado de una sentencia definitiva. Según detallaron fuentes del Ministerio de Seguridad, se rechazó la medida cautelar argumentando que "no afecta ni lesiona derecho alguno a ningún individuo ni a ninguna clase". Además, desde Seguridad sostienen que "la finalidad del programa radica en brindar oportunidades de formación a los jóvenes de acuerdo con la normativa nacional e internacional". Otro de los puntos planteados fue que la norma regula un régimen de carácter voluntario, no siendo de tipo compulsivo u obligatorio. "La sentencia sostiene que hay una falta de definición del perjuicio invocado por los demandantes, quienes se limitaron a caracterizar al SCVV como un acto lesivo para los derechos de los jóvenes sin especificar de qué modo afecta los derechos de aquellos", explicaron las fuentes. Además, se hace hincapié en el hecho de que "la medida promovida por los demandantes pretende decidir sobre una cuestión privativa de otros poderes del Estado".
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