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Fiscales piden agravar penas a condenados por atentado a Cristina Kirchner
Las fiscales solicitaron que se incluyan agravantes de alevosía y violencia de género en la condena de Sabag Montiel y Uliarte por el ataque de septiembre de 2022.
POR REDACCIÓN
Las fiscales Gabriela Baigún y Mariela Labozzetta solicitaron a la Cámara Federal de Casación Penal que se aumenten las penas impuestas a Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte por el intento de asesinato contra la exvicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, ocurrido el 1° de septiembre de 2022.
En el recurso presentado, ambas representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron que se reconozcan los agravantes de alevosía y violencia de género, considerando el ataque como una tentativa de femicidio enmarcada en violencia política. Propusieron penas de 15 años para Sabag Montiel y 14 años para Uliarte, superando las condenas actuales de 10 y 8 años respectivamente.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6 condenó en octubre de 2023 a Sabag Montiel por el uso de armas y descartó aplicar los agravantes solicitados por la fiscalía. Según el tribunal, la violencia de género no pudo ser acreditada conforme a la legislación vigente, a pesar de reconocer que la condición de mujer de la víctima había generado mayor antipatía social hacia ella.
Las fiscales cuestionaron esta interpretación restrictiva y argumentaron que el tribunal omitió pruebas decisivas que acreditan la alevosía, ya que Sabag Montiel actuó a traición, simulando ser un simpatizante para acercarse a la exmandataria. Explicaron que ni Cristina Fernández ni sus custodios esperaban un ataque en esas circunstancias, lo que agravó la indefensión de la víctima.
En el escrito, señalaron que “Sabag Montiel actuó a traición, haciéndose pasar por un simpatizante. Ni ella ni los custodios que estaban a su alrededor podían preverlo, y no hubo ni se dispuso de una defensa para un atentado perpetrado bajo tales condiciones”.
Además, las fiscales denunciaron que el tribunal desconoció la normativa argentina que incluye la violencia política como modalidad de violencia de género, contenida en la ley 27.533, y aplicó una visión limitada que restringe esta violencia al ámbito íntimo o interpersonal. Explicaron que esta perspectiva no contempla formas estructurales de violencia contra las mujeres, como la que sufrió la exvicepresidenta.
También cuestionaron que la sentencia exigiera la existencia de una relación jerárquica individualizada entre agresor y víctima para aplicar el agravante de femicidio, cuando en realidad se trata de una relación social estructural. En casos de femicidios públicos sin vínculo previo, esta exigencia limita injustificadamente la aplicación de la ley.
Las fiscales concluyeron que el ataque fue “concebido como un acto de castigo dirigido específicamente contra una mujer que ocupaba una posición de máxima visibilidad y poder político”, y que la violencia política de género quedó evidenciada en la conducta tanto de Sabag Montiel como de Uliarte.