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Prohibieron la venta de distintos cafés por registros falsos e inhabilitaciones
El organismo detectó que sus envases presentaban registros falsos o inexistentes y que las plantas donde se elaboraban carecían de habilitación sanitaria.
POR REDACCIÓN
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) ordenó la prohibición inmediata de la elaboración, fraccionamiento y venta —incluso por medios digitales— de las marcas Caffé del Doge, Café Sol, Caffé del Ponte Rialto y Expresso Café Crema, en todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento. La medida se adoptó luego de detectar que los envases mostraban registros sanitarios falsos o inexistentes, según informó el organismo a través de la Disposición 8385/2025.
La investigación comenzó tras una denuncia ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) por el producto “Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend”. Al revisar la documentación, el INAL comprobó que los números de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) y de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) consignados en los envases no existían o no estaban vigentes.
Durante los operativos de control, la Anmat verificó además que las plantas fraccionadoras no contaban con habilitación sanitaria, que producían para distintas marcas y que utilizaban números de registro pertenecientes a otros elaboradores. Por esta razón, los productos fueron calificados como “apócrifos”, es decir, sin respaldo legal ni garantía de calidad o inocuidad.
La disposición también ordena iniciar un sumario sanitario contra la empresa “Caffé del Doge Argentina - Il Caffé di Venezia - Junio 1995 SRL”, con sede en la Ciudad de Buenos Aires, y contra el titular de “Café Sol”, radicado en San Justo, provincia de Buenos Aires.
Asimismo, la Anmat prohibió expresamente la comercialización de cualquier producto que exhiba el número RNPA EXP. N° 4050-141467, por tratarse de una numeración falsa o inválida.
La medida fue comunicada a las autoridades sanitarias de todas las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de garantizar el cumplimiento de la prohibición y proteger la salud de los consumidores.