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Quienes no asistieron a votar serán sancionados con una multa económica
POR REDACCIÓN
San Juan cerró una nueva jornada de elecciones en la que participó el 70% del padrón. Sin embargo, hubo una gran cantidad de ciudadanos que no cumplieron con su obligación y ahora se preguntan qué puede pasarles por no haber ido a votar.
Es válido destacar que esta información está debidamente detallada en el artículo 115 del Código Electoral Provincial y aplica para todos los ciudadanos en edad de votar, exceptuando a dementes declarados tales en juicio, condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, sancionados por la infracción de deserción calificada, declarados rebeldes en causa penal, inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, prescriptos legalmente y detenidos por orden de juez.
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Según establece el código, quienes no hayan emitido su voto y no puedan justificar su ausencia a las urnas, serán sancionados con una multa que va “de 200 a 600 unidades tributarias, al elector o electora que deje de emitir su voto y no justifique debidamente, ante el Tribunal Electoral". Para justificar la no emisión del sufragio, los votantes tienen hasta 90 días para presentarse ante la Justicia.