Con 14 años pidió no llevar en su DNI el apellido paterno
María Agostina se convirtió en la primera adolescente en hacer este trámite, después de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial.
POR REDACCIÓN
María Agostina G.F. vio en la televisión que ella misma podía cambiar el apellido de su padre, que figuraba en su partida de nacimiento, DNI y boletín del colegio, por el de su madre.
Así se convirtió en la primera adolescente en hacer este trámite. El Registro de las Personas y la Jefatura de Gabinete de la provincia de Buenos Aires le entregaron, la semana pasada, la partida de nacimiento rectificada a la chica de 14 años de Lomas de Zamora.
Hasta el 1 de agosto, el cambio sólo se hacía con la firma de los dos padres. Ella no necesitó ninguna de las dos. Como lo establece el nuevo cuerpo normativo, Agostina escribió una nota a la Dirección provincial del Registro de las Personas explicando el motivo de la solitud del trámite y presentando el DNI.
“En el colegio me conocen por el apellido de mi mamá, siempre quise llamarme así y creí que tenía que esperar a cumplir la mayoría de edad, ya que no tengo la autorización paterna para hacerlo”, relató Agostina. La adolescente no quiso hacer públicos los motivos de por qué no quiere llevar el apellido de su papá.
“La adolescente se presentó con su mamá, pero inició el trámite ella, en virtud de un nuevo derecho que incorporó la reforma del Código Civil Argentino, en plena vigencia en la Provincia”, aportó Juan Pablo Alvarez Echagüe, subsecretario de Gabinete provincial, al momento de entregar la partida.
Cómo es el trámite?
El artículo 64 del nuevo Código Civil y Comercial señala que “a pedido de los padres, o del interesado con edad y madurez suficiente, se puede agregar el apellido del otro”.
La adición de apellido materno puede ser pedida en el mismo registro civil donde se inscribió el nacimiento, por la mamá o por el niño interesado con edad y madurez suficiente. Así lo establece el nuevo cuerpo normativo. Se estima que desde los 13 años los chicos están en condiciones de decidir. Si es el menor el que lo pide, debe redactar él mismo una nota dirigida a la Dirección provincial del Registro de las Personas comentando el motivo de la solitud del trámite, presentando el DNI.
Con esa documentación se inicia un expediente que da lugar a la rectificación de la partida de nacimiento y a un nuevo DNI con los dos apellidos. El costo del sellado es de $45.
Fuente: Infojusnoticias