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El Gobierno porteño deberá indemnizar a un electricista contratado que se accidentó en una escuela

POR REDACCIÓN

30 de octubre de 2019
La justicia porteña le ordenó hoy al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que indemnice por daños y perjuicios a un electricista contratado que sufrió un accidente de trabajo en una escuela pública en 2009. El magistrado subrogante del Juzgado n.° 24 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Pablo Mántaras, resolvió hacer lugar a la demanda entablada por el trabajador contra el gobierno de la Ciudad por la suma de 432 mil pesos, informó hoy el sitio ijudicial. La demanda se inició luego de que el 6 de marzo de 2009 el electricista, mientras trabajaba en la Escuela N° 9 D.E. 8 Florentino Ameghino, se cortó un alambre del hall de entrada del establecimiento y se le incrustó en el ojo izquierdo. El hombre fue llevado al Hospital Santa Lucía donde le extrajeron el alambre, le diagnosticaron una catarata traumática secundaria y luego lo intervinieron quirúrgicamente en dos oportunidades. El trabajador argumentó que "jamás recibió de su empleador capacitación alguna y que luego del siniestro, el GCBA les entregó a sus compañeros de trabajo y a él los elementos de seguridad adecuados para las tareas que realizaba", según consta en el fallo. El electricista manifestó que "ingresó a trabajar al GCBA el 16 de mayo de 2008 por medio de un contrato de locación de servicios. Señaló que prestó servicios en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento dependiente del Ministerio de Educación, y que hasta 2011 suscribió contratos de locación de servicios de similares características", agregó el escrito judicial. Desde el Gobierno porteño, sin embargo, sostuvieron en el juicio que "el accionante había sido un prestador de servicios independiente que debería haber tomado los recaudos necesarios para evitar el accidente". Sostuvo que no debía responder por el accidente sufrido porque no era su empleado y no se aplicaba un deber de seguridad en relación con su integridad física, consignó ijudicial. El magistrado concluyó que "la cantidad y periodicidad de los contratos suscriptos dan cuenta de una extensa y continuada relación laboral" entre el gobierno y el electricista, por lo que dispuso otorgarle la suma de 360 mil pesos, en concepto de resarcimiento por las lesiones sufridas e incapacidad sobreviniente, y 72 mil pesos por el daño moral sufrido. "Debido a que la relación de empleo público en análisis se instrumentó bajo un régimen de contrataciones fraudulentas, a la fecha del accidente el Sr. M. carecía de cobertura de seguro de ART. La ausencia del seguro obligatorio no sólo no exime al GCBA de las obligaciones previstas en dicha norma en materia de seguridad e higiene laboral sino que -por el contrario- lo sitúa como único responsable en caso de ocurrir una contingencia", concluyó el magistrado.
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