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España: un despido por un error en el cobro terminó en fallo judicial
Un empleado de un supermercado de Galicia fue despedido tras un error en el pago de facturas que llevó para compartir con compañeros.
POR REDACCIÓN
Un trabajador de un supermercado de Galicia, España, fue despedido luego de llevar facturas para compartir con sus compañeros en el día de su cumpleaños. El hecho ocurrió antes de la apertura del local, pero terminó en un conflicto judicial que concluyó con un fallo favorable para el empleado.
El episodio se remonta a octubre de 2023, cuando el trabajador compró varias bandejas de facturas en el mismo supermercado donde se desempeñaba. El valor total era de 68,82 euros, pero por un error en el cobro solo pagó 10,23 euros.
Al advertir la diferencia, el empleado abonó los 58,59 euros restantes doce días después y notificó voluntariamente a la empresa sobre el error, con la intención de que la cajera que realizó el cobro no fuera sancionada por su equivocación.
Sin embargo, en noviembre recibió una carta documento en la que el supermercado le comunicó su despido. La empresa argumentó que el accionar violaba una cláusula contractual que considera falta grave “el consumo, apropiación o uso para beneficio propio de cualquier bien perteneciente a la empresa, así como el consumo fuera de la zona de descanso”.
Ante esta decisión, el trabajador presentó una demanda ante el Tribunal de Galicia. La Justicia determinó que no existió intención de fraude ni beneficio económico, ya que el error fue corregido con el pago correspondiente y la empresa no sufrió ningún perjuicio patrimonial.
El fallo destacó además que el hecho ocurrió en un ámbito interno y antes del horario de apertura del comercio, por lo que no afectó el normal funcionamiento del establecimiento. También subrayó que la sanción aplicada fue desproporcionada frente a la situación.
En consecuencia, el tribunal declaró el despido como improcedente y otorgó dos alternativas a la empresa: reincorporar al trabajador o abonarle una indemnización de 105.716,09 euros.
La sentencia sostuvo que el empleado no merecía una sanción tan severa y remarcó la importancia de que las empresas apliquen medidas disciplinarias con criterio, proporcionalidad y teniendo en cuenta el contexto de los hechos.