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Gobierno vs UBER: aseguraron que la APP no está habilitada en San Juan

Desde el Ministerio de Gobierno de San Juan emitieron un comunicado sobre el revuelo que causó el desembarco de UBER. Explicaron que los servicios de transportes tienen que estar habilitados para garantizar la seguridad de los sanjuaninos.

POR REDACCIÓN

21 de septiembre de 2023

Luego de los portales de noticias de San Juan anunciaron el desembarco de la app UBER en la provincia que causó revuelo en toda la sociedad, desde Gobierno emitieron un comunicado en el cual explican que la empresa no habría presentado ningún tipo de autorización y esgrimen que es sumamente necesario, ya que el servicio tiene que estar autorizado por el Estado Provincial de manera que se garantice la seguridad de todos los sanjuaninos.

Además, informaron que hasta el día de la fecha (21 de septiembre de 2023), la empresa UBER, no ha presentado solicitud alguna de autorización, no se han identificado quienes serían los prestatarios, no han sometido a inspección a los vehículos vinculados al servicio como tampoco seguros ni documentación que protejan la integridad de potenciales usuarios.

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De esta manera, en el comunicado, el Ministerio de Gobierno de San Juan expresa que: cualquier persona física o jurídica que pretenda prestar un servicio de transporte en la provincia, debe contar con la habilitación previa en todos y cada uno de los vehículos.

Cabe destacar que, UBER, demoraría un mes en instalarse, por lo que todavía puede existir tiempo para presentar todas las cuestiones de formalización ante el Ministerio de Gobierno y la Secretaría de Tránsito y Transporte.

La ley provincial que nuclea a todos estos servicios es la Ley N.º 814-A, que en su Decreto Reglamentario N.º 0006-2015, solo prevé y regula al servicio de tránsito y transporte en las siguientes modalidades.

  1. Servicio Regular: brindado actualmente a través de las Empresas de Transporte Público de Pasajeros denominado Red Tulum
  2. Servicios No Regulares: en sus diferentes modalidades habilitadas: taxis, remises, transporte escolar, servicios especiales y servicios turísticos.

Esta ley también establece que la Secretaría de Tránsito y Transporte, es la autoridad de aplicación y por eso tiene competencia en todo lo que tiene que ver con, planificación, promoción, implementación, control y otorgamiento de concesiones o licencias que deban otorgarse bajo los lineamientos previstos en el marco regulatorio cumpliendo requisitos y procedimientos.

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