Judiciales > Caso resonante
Descubrió que no era padre y la Justicia anuló la paternidad
Un hombre de Río Negro crió durante años a una niña con amor y responsabilidad, incluso después de separarse de su pareja, hasta que una confesión cambió la historia: no era el padre biológico.
POR REDACCIÓN
Un caso familiar de Río Negro generó un fallo judicial que anuló la paternidad de un hombre hacia la niña que había reconocido al nacer, luego de que una prueba de ADN determinara que no existía vínculo biológico entre ambos. La determinación fue tomada por el Juzgado de Familia de la Segunda Circunscripción, que ordenó también la rectificación del acta de nacimiento y que la menor figure con el apellido de su madre.
La historia comenzó cuando el hombre, que siempre había ejercido su rol paterno con amor, responsabilidad y presencia (incluyendo el pago de la cuota alimentaria tras su separación de la madre) recibió una confesión inesperada: su ex pareja le dijo que él no era el padre biológico de la niña que había criado. Ante esa revelación y pese a un diagnóstico previo de infertilidad, decidió acudir a la Justicia para conocer la verdad y garantizar que la menor pudiera acceder a su verdadera identidad.
El Juzgado ordenó un examen de ADN, cuyo resultado fue concluyente: no había vínculo biológico entre el hombre y la niña. La madre aceptó la realización de la prueba y prestó conformidad con el resultado obtenido mediante el estudio genético. A partir de esa evidencia científica, la magistrada dictó una sentencia definitiva que excluyó el vínculo legal entre ambos.
En su fallo, la jueza sostuvo que en las acciones de filiación existe un interés social que trasciende a las partes, enfatizando que lo que se busca es “proteger el derecho del hijo a acceder a un emplazamiento filial respetuoso de su identidad y acorde con su realidad biológica”. El fallo resaltó también que el derecho a la identidad posee jerarquía constitucional y que la prueba genética es el medio más relevante para procesos de filiación por su alto grado de certeza.
Como consecuencia de la resolución, la niña ahora podrá crecer con una identidad concordante con sus orígenes biológicos y con el apellido materno en su documento. La decisión judicial reabrió el debate sobre la filiación, la verdad biológica y el derecho de los hijos a conocer su origen, un tema que toca aspectos profundos de las relaciones familiares y los derechos de las infancias.