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Ley de Glaciares: el Senado debate la aclaratoria
El próximo jueves habrá una nueva sesión extraordinaria en el Senado en la que se debatirá la aclaratoria a la Ley de Glaciares.
POR REDACCIÓN
El Senado de la Nación se apresta a debatir esta semana uno de los proyectos de mayor impacto político y productivo para las provincias mineras. Se trata de la aclaratoria a la Ley de Glaciares, una iniciativa impulsada por el Ejecutivo nacional que ya cuenta con convocatoria a sesión especial para el jueves 26, tras el pedido formal de bloques legislativos y el aval de la presidencia de la Cámara alta.
La discusión no es menor para San Juan. La provincia, con fuerte desarrollo minero en departamentos como Iglesia y Calingasta, viene siguiendo de cerca el avance de la propuesta. Según fuentes políticas, la gestión local tuvo participación en el proceso de elaboración del texto, en línea con el reclamo histórico del sector empresarial minero que pide mayor previsibilidad normativa para avanzar con estudios y proyectos.
El núcleo del debate gira en torno a la interpretación y aplicación del Inventario Nacional de Glaciares. La iniciativa mantiene su existencia, pero redefine su alcance. En la normativa vigente —Ley 26.639— la sola inclusión de un glaciar o geoforma periglacial en el inventario impide el desarrollo de actividades como la minería. El nuevo texto introduce una modificación sustancial: solo quedarán bajo protección estricta aquellos glaciares y geoformas que cumplan efectivamente funciones de reserva estratégica de recursos hídricos o recarga de cuencas.
Además, establece que si la autoridad ambiental competente —es decir, las provincias— verifica que un glaciar o ambiente periglacial incluido en el inventario no cumple con esas funciones, dejará de estar alcanzado por las restricciones de la ley. En ese marco, el organismo técnico encargado del relevamiento deberá adecuar el registro, aunque su eventual demora no invalidará autorizaciones provinciales vinculadas a evaluaciones de impacto ambiental.
Otro de los cambios relevantes se encuentra en el artículo referido a prohibiciones. La actividad minera no quedará automáticamente vedada por la mera localización en zona glacial o periglacial, sino que la prohibición operará si la provincia determina, mediante evaluación ambiental, que existe una “alteración relevante”.
El proyecto conserva el principio de protección de los glaciares como reservas hídricas destinadas al consumo humano, la agricultura, la biodiversidad y la ciencia. Sin embargo, introduce una cláusula interpretativa que vincula esa tutela con el artículo 41 de la Constitución Nacional y con el artículo 124, que reconoce a las provincias como dueñas originarias de los recursos naturales. En términos políticos, el texto busca compatibilizar preservación ambiental y desarrollo productivo bajo el criterio de uso racional.
Con ese marco, el debate en el Senado se anticipa intenso. Para provincias como San Juan, el resultado podría redefinir el escenario regulatorio de proyectos estratégicos y marcar un punto de inflexión en la relación entre ambiente y minería.