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Judiciales > Acción de oficio

Fiscalía tomó el caso de violencia de género de Rufino, pese a no haber denuncia

El fiscal Bonomo fundamentó la acción: "Prefiero investigar y que un juez archivo el caso, a no hacer nada y luego ir detrás de una tragedia".

POR REDACCIÓN

Hace 3 horas
El fiscal que no esperó la denuncia. FOTO: Gentileza

En el marco de un proceso judicial por presunta violencia de género, el fiscal de Flagrancia, Fernando Bonomo, explicó los fundamentos de la actuación oficiosa del Ministerio Público a pesar de que la presunta víctima no formalizó denuncia alguna. El caso se originó a partir de un llamado al 911 durante las primeras horas del 15 de octubre, que alertó sobre una situación de violencia intrafamiliar en un domicilio del departamento de Santa Lucía. Ante esta comunicación, efectivos policiales y un ayudante fiscal se presentaron en el lugar para constatar los hechos.

Según lo expuesto por Bonomo en Radio Sarmiento, la intervención se basó en los elementos de convicción recolectados in situ. "Las primeras la información y los elementos de convicción que están arrimados al proceso determinan que bueno, existido una discusión de pareja", afirmó. Se dispuso la detención de Juan Cruz Rufino, quien mantenía una relación sentimental con la mujer y tenían un hijo en común de ocho meses. El llamado alertaba sobre disturbios al interior de la vivienda, con gritos y llanto. Al arribar, las autoridades constataron "la existencia de una serie de destrozos en el interior del domicilio" y que la mujer "se encontraba angustiada manifestando circunstancias que había vivido". Inmediatamente, se activó el protocolo del Ministerio Público Fiscal para la asistencia a la víctima.

Un aspecto crucial destacado por el fiscal fue que, aunque la mujer manifestó no tener intención de denunciar, su propio relato incluyó elementos constitutivos de delito. "La propia víctima manifiesta que no tiene intención, que había recibido unos golpes. El propio relato surge, recibió unos golpes, le pega a él. Eso es materia de investigación", señaló Bonomo. No obstante, al tratarse el delito de lesiones de acción privada, la falta de denuncia de la víctima imposibilitaba avanzar en esa línea. Sin embargo, la situación era distinta para otros cargos. "Al haber existido y desprendido del testimonio de la víctima surge que habría sido amenazada. Ahí sí el Ministerio Público puede actuar en oficio, iniciar el proceso y disponer la detención", explicó. Subrayó que delitos como la amenaza son de acción pública, permitiendo la intervención fiscal ante elementos que acrediten, en un principio, la posible comisión de un hecho delictivo.

Bonomo justificó esta actuación proactiva como una medida de protección, especialmente ante contextos de violencia donde la víctima puede verse coaccionada o sumergida en una dinámica que le impide razonar con libertad. "Hay que entender en este tipo de casos y estamos llenos en la provincia, en el país, de personas que se encuentran sumergidas en una situación de que no lamentablemente no pueden decir porque basan más allá de su intención porque están en un núcleo que no le permite razonar. Entonces, nosotros tenemos que actuar y en protección de la propia mujer y del menor que estaba en el lugar", argumentó.

Entre los elementos concretos que fundamentaron la gravedad del escenario, el fiscal detalló: "el panorama, el escenario de notebook rota, puertas rotas con ingreso de elemento cortopunzante, un cuchillo". Precisó que la puerta presentaba "ocho orificios de entrada con un elemento corto punzante, el cuchillo secuestrado". Asimismo, mencionó la existencia de un mensaje de texto enviado por la mujer a su madre, pidiéndole que estuviese atenta porque se encontraba en una situación que podía tener consecuencias. "Estamos en un escenario de violencia", recalcó Bonomo, añadiendo que el imputado también presentaba lesiones que, según los indicios, "él mismo se habría dañado manifestando exactamente que bueno, en un estado desbocado".

Respecto a los antecedentes del detenido, el fiscal indicó que en su prontuario existe "una suspensión de culpa prueba otorgada en el año 2020 por la unidad fiscal Cavic por un delito también de violencia familiar", lo cual tendría incidencia en la definición de la imputación procesal. Bonomo enfatizó que la decisión de actuar no fue arbitraria, sino que respondió a la existencia de elementos objetivos. "No se presentó a la policía, no se presentó un ayudante fiscal por el solo hecho de perjudicar a alguien, no se presentó porque hay un llamado, hay elementos". Concluyó reafirmando el deber de protección del Ministerio Público: "Prefiero como fiscal y como titular de elección investigar que después en el día de mañana un juez disponga que no existen elementos y un sobrecimiento y no quedarme totalmente sin hacer nada y mañana o pasado esta propia persona, esta propia chica sufre un hecho y nosotros y vamos detrás de la tragedia". La Fiscalía imputará a Rufino por el delito de amenaza, procediendo a una audiencia de presentación donde se solicitará su continuidad detenida.

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