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Uno por uno, los fundamentos por los que absolvieron a los acusados en el caso Tellechea
En la lectura de un breve adelanto de los fundamentos, las juezas explicaron que no se probó la privación ilegal de la libertad ni la participación estatal, y ordenaron continuar la búsqueda del ingeniero bajo presunción de vida.
POR REDACCIÓN
El Tribunal Oral Federal de San Juan dio a conocer este martes los fundamentos del fallo que absolvió a los 10 acusados en el juicio por la desaparición de Raúl Tellechea, ocurrida en septiembre de 2004. En una lectura extensa y minuciosa de lo que era un adelanto de los fundamentos que se darán a conocer en unos días, las juezas Eliana Rattá Rivas, Gretel Diamante y Carolina Pereira explicaron punto por punto las razones que sustentaron la decisión unánime de absolver a todos los imputados.
Las magistradas comenzaron su exposición con un reconocimiento al dolor de la familia del ingeniero desaparecido. “Entendemos, y nos duele también, la angustia y el sufrimiento que hemos percibido a lo largo del debate”, expresaron, aunque aclararon que la sentencia debía fundarse exclusivamente en las pruebas presentadas. “Probar los hechos es deber de los acusadores”, remarcaron, señalando que ni el Ministerio Público Fiscal ni las querellas acreditaron los elementos del delito imputado.
El Tribunal también recordó que la transmisión completa del juicio por YouTube se decidió para garantizar la transparencia y el acceso público, pero subrayó que la justicia penal se rige por la “garantía del hecho”: solo es posible condenar si se demuestra con certeza que el acusado cometió una conducta tipificada como delito.
A continuación, las juezas detallaron los principales fundamentos de la absolución, organizados de la siguiente manera:
Falta de prueba sobre la privación ilegal de la libertad
El Tribunal consideró que no se acreditó que Raúl Tellechea haya sido privado de su libertad. Los testimonios que indicaron haberlo visto el día de su desaparición no mostraron signos de coerción ni custodia, por lo que no se probó el primer elemento del delito de desaparición forzada.Ausencia de participación estatal comprobada
Tampoco se demostró que existiera intervención o encubrimiento por parte de agentes estatales, requisito central para configurar una desaparición forzada según el derecho penal internacional.Existencia comprobada de la reunión del 27 de septiembre de 2004
El Tribunal dio por acreditado el encuentro entre Tellechea y los entonces directivos de la Mutual, Miguel Del Castillo, Eduardo Oro y Luis Alonso, realizado en la sede de la institución. Según las juezas, la existencia de esa reunión fue respaldada por testimonios y pericias de Gendarmería, y su reconocimiento restó fuerza a la hipótesis de una coartada falsa.Inexistencia de un móvil razonable para cometer el hecho
Las magistradas indicaron que no existía una motivación lógica que explicara una supuesta decisión de hacer desaparecer al ingeniero para deslindar responsabilidades en la Mutual. Por el contrario, señalaron que pericias contables oficiales revelaron posibles irregularidades atribuibles al propio Tellechea, aunque sin afirmarlo como hecho probado.Sobre los acusados civiles de la Mutual
Miguel Del Castillo: se determinó que actuó dentro de sus funciones al denunciar irregularidades en la Mutual y que presentó su denuncia con asesoramiento legal. El Tribunal destacó que la declaración de “prófugo” fue dictada por un juez provincial, no por los denunciantes.
Eduardo Oro y Luis Alonso: fueron acusados de sostener públicamente la versión de la fuga del ingeniero. Las juezas consideraron que no se probó coordinación alguna para desviar la investigación ni para encubrir un delito.
Sobre los exfuncionarios policiales y estatales
Roberto Mario León: fue acusado de encubrimiento, pero el Tribunal concluyó que no se probó que haya retenido pruebas ni obstaculizado la investigación.
Francisco González: se determinó que su actuación administrativa no afectó la búsqueda del ingeniero ni demostró connivencia con los directivos de la Mutual.
Sobre los restantes imputados
Alberto Flores: acusado de intimidar testigos, fue absuelto porque no se acreditaron hechos concretos que confirmaran esa conducta.
Aurora Ahumada: imputada como partícipe secundaria, fue absuelta porque no se demostró que sus vínculos personales o declaraciones hayan influido en el curso de la investigación.
Obligación del Estado de continuar la búsqueda
El Tribunal aclaró que la absolución no implica negar la desaparición del ingeniero. “La falta de contacto con su familia durante todos estos años nos permite afirmar su desaparición. El Estado tiene la obligación permanente de continuar su búsqueda bajo la presunción de vida”, leyeron las magistradas.
Finalmente, las juezas ratificaron que la desaparición forzada no fue probada y que la duda debe resolverse siempre a favor de los imputados. También exhortaron al Ministerio Público Fiscal a mantener activa la investigación sobre el paradero de Raúl Tellechea.
El fallo fue dictado el 21 de octubre de 2025, a las 12.30, en los Tribunales Federales de San Juan, y los fundamentos escritos serán ampliados en una nueva audiencia dentro de 40 días hábiles.