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Economía > Mayor transparencia

La CNV moderniza el régimen de información para Alycs con reportes mensuales

La Comisión Nacional de Valores aprobó la RG 1094, que reemplaza la obligación diaria por reportes mensuales para los Agentes de Liquidación y Compensación, buscando fortalecer la supervisión y proteger a los inversores.

POR REDACCIÓN

Hace 1 hora
Este ajuste busca robustecer la transparencia, la supervisión y la protección al inversor en el mercado de capitales. Foto: Gentileza

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General Nº 1094, una normativa que introduce cambios significativos en el régimen informativo aplicado a las sociedades de bolsa, conocidas como Alycs. Este ajuste busca robustecer la transparencia, la supervisión y la protección al inversor en el mercado de capitales.

Con esta actualización, queda derogado el régimen especial establecido por la Resolución General Nº 624, que obligaba a los agentes a presentar información diaria. Ahora, los Agentes de Liquidación y Compensación deberán enviar reportes mensuales, lo que reduce la carga administrativa sin comprometer la capacidad de monitoreo del organismo.

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La CNV destacó que la nueva regulación se enfoca en proteger al inversor y mejorar las herramientas para supervisar la situación patrimonial, los pasivos financieros y el nivel de apalancamiento de los intermediarios. En particular, establece que los Alycs —excepto los inscriptos como Participante Directo y las entidades financieras— deben informar detalladamente sobre los acuerdos de préstamo o alquiler de valores negociables, tanto los realizados por cuenta propia como los vinculados a la llamada “cartera propia ampliada”.

La información deberá ser remitida mediante un formulario habilitado en la Autopista de Información Financiera (AIF), la plataforma que la CNV utiliza para centralizar y monitorear los datos del mercado.

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Estas medidas contribuyen a preservar la integridad del sistema financiero, ya que permiten identificar y mitigar riesgos sistémicos relacionados con la exposición financiera de los intermediarios. Según la CNV, el régimen mensual resulta suficiente para un monitoreo efectivo, mientras que elimina la necesidad de reportes diarios.

Los Agentes de Liquidación y Compensación tendrán plazo hasta el tercer día hábil posterior al cierre de cada mes para presentar la información correspondiente. Para facilitar la transición, la resolución establece un cronograma inicial:

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Información correspondiente a los cierres del 31 de agosto, 30 de septiembre, 31 de octubre y 30 de noviembre de 2025: deberá enviarse antes del 15 de enero de 2026.Información del cierre del 31 de diciembre de 2025: tendrá plazo hasta el 30 de enero de 2026 para su presentación.

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