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Política > Judicial

Denuncia penal contra Javier Milei por omisión de denuncia a un empresario

Tras tratar de "extorsionador" al dueño de FATE en TV, la Justicia analiza si el Presidente incumplió sus deberes de funcionario.

POR REDACCIÓN

Hace 6 horas
Abogados de Reset Republicano sostienen que el mandatario debió reportar penalmente al empresario Javier Madanes Quintanilla.

El frente judicial del presidente Javier Milei sumó un nuevo capítulo este lunes. Un grupo de abogados presentó una denuncia penal contra el mandatario por la presunta comisión del delito de “omisión de denuncia”. El planteo surge luego de que el jefe de Estado afirmara en una entrevista televisiva que el empresario Javier Madanes Quintanilla, titular de Aluar y FATE, habría realizado prácticas extorsivas contra el Gobierno.

La presentación fue realizada por los letrados José Lucas Magioncalda y Juan Martín Fazio, integrantes del espacio Reset Republicano. Según los denunciantes, las declaraciones de Milei configurarían un delito previo —la extorsión— que, al no haber sido denunciado formalmente por el Ejecutivo, derivaría en una infracción a las obligaciones legales de cualquier funcionario público.

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Las frases que encendieron la polémica

El conflicto se originó durante un reportaje en el canal La Nación+, donde Milei se refirió al empresario como un “prebendario y extorsionador”. Ante la consulta periodística sobre si tenía pruebas de esa acusación, el Presidente respondió: “Los hechos lo denuncian... era una práctica tradicional del señor Madanes Quintanilla de apretar gobiernos con que si no le daban protección, les tiraba las 920 familias a la calle”.

Incluso, el mandatario fue más allá y confirmó que esas presiones habrían existido recientemente: “¿Usted cree que no llamó antes para mencionar que nos iba a tirar la gente en la calle? Sí, claro. Obviamente. No a mí, pero a gente de mi gobierno”, sentenció.

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La obligación de denunciar

Para los abogados denunciantes, si esos hechos de "apriete" efectivamente ocurrieron, Milei tenía la obligación legal de presentarse ante la Justicia, la fiscalía o la Oficina Anticorrupción. El escrito cita el artículo 177 del Código Procesal Penal, que establece que los funcionarios deben denunciar los delitos perseguibles de oficio que conozcan en el ejercicio de sus funciones.

De avanzar la causa, la fiscalía deberá investigar si el mandatario incurrió en la conducta prevista en el artículo 277 del Código Penal, que sanciona a quien, estando obligado a hacerlo, no denuncia la comisión de un delito. Como medida de prueba, solicitaron consultar a la Oficina Anticorrupción si existe alguna presentación previa por estos hechos contra el empresario mencionado.

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