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Política > Boletín Oficial

El Gobierno promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil y bajó la edad de imputabilidad a 14 años

La ley 27.801 fue publicada en el Boletín Oficial y establece responsabilidad penal desde los 14 años, con un sistema de sanciones y medidas orientadas a la educación y reinserción social.

POR REDACCIÓN

Hace 8 horas

El Gobierno nacional promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece la responsabilidad penal desde los 14 años y crea un sistema específico de sanciones para adolescentes que cometan delitos antes de los 18. La medida quedó oficializada con la publicación de la ley 27.801 en el Boletín Oficial.

La normativa fue aprobada días atrás por el Senado con 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención, en el marco de una iniciativa impulsada por la administración del presidente Javier Milei.

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El nuevo esquema regula el tratamiento penal para jóvenes de entre 14 y 18 años imputados por delitos contemplados en el Código Penal o en leyes penales especiales. Según el texto oficial, el objetivo del sistema es promover la responsabilidad legal por los actos cometidos y favorecer la educación, la resocialización y la integración social de los adolescentes.

Un sistema con sanciones y medidas educativas

La ley introduce un régimen de sanciones que combina penas judiciales con medidas orientadas a la formación y la reinserción social.

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Entre las herramientas previstas figuran programas educativos obligatorios, capacitación laboral, actividades deportivas, recreativas o culturales y cursos de formación ciudadana. También se contemplan tratamientos médicos o psicológicos y asistencia en servicios de salud acordes a la edad de los jóvenes.

Los jueces podrán aplicar distintas sanciones, como amonestaciones judiciales, restricciones para acercarse a la víctima, prohibición de asistir a determinados lugares o espectáculos, impedimentos para conducir vehículos y monitoreo electrónico.

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Otra de las medidas previstas es la prestación de servicios comunitarios en hospitales, escuelas u organizaciones sin fines de lucro, además de mecanismos de reparación del daño causado a la víctima.

La privación de libertad como último recurso

En los casos más graves, el régimen prevé distintas modalidades de cumplimiento de la pena, entre ellas la detención domiciliaria, la permanencia en institutos abiertos o el alojamiento en centros especializados para adolescentes.

La ley establece que los menores detenidos no podrán permanecer alojados junto a personas adultas y que los institutos deberán contar con personal capacitado para el tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal.

Además, la normativa prohíbe la aplicación de prisión perpetua o reclusión perpetua para adolescentes y fija que el plazo máximo de privación de libertad será de 15 años, aun cuando el delito tenga una escala penal mayor.

Mediación y participación de las víctimas

El nuevo régimen también incorpora mecanismos destinados a evitar la continuidad del proceso penal en determinados casos. Entre ellos se encuentran la mediación penal juvenil, la aplicación de criterios de oportunidad por parte del fiscal y la suspensión del proceso a prueba.

Asimismo, reconoce derechos específicos para las víctimas, quienes podrán ser informadas sobre el avance de la causa, participar en el proceso y solicitar medidas de protección.

En los casos en que se determine responsabilidad por daños, la ley habilita la posibilidad de exigir responsabilidad civil a los padres o tutores del adolescente, según lo establezca la sentencia judicial.

Cambios en el sistema vigente

La normativa deroga la ley 22.278, que hasta ahora regulaba la responsabilidad penal de menores en el país, y establece que el Poder Ejecutivo deberá supervisar su implementación y coordinar su aplicación con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

Entre los principios del nuevo régimen se destacan el respeto por la dignidad del adolescente imputado, el derecho a la defensa desde el inicio del proceso, el debido proceso legal y la reserva de identidad de los menores involucrados.

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