Judiciales > Orden de la Justicia
La Justicia exige al Gobierno cumplir la Ley de Emergencia en Discapacidad
El juez federal de Campana Adrián González Charvay intimó al Estado a informar en cinco días el avance de los trámites para cumplir la sentencia que ordena implementar la Ley de Emergencia en Discapacidad.
POR REDACCIÓN
El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, intimó al Estado nacional a informar en un plazo de cinco días el avance de los trámites administrativos destinados a cumplir la sentencia que ordena implementar la Ley de Emergencia en Discapacidad, en el marco de un amparo colectivo iniciado por una madre en representación de sus hijos y acompañado por otras partes actoras.
En su resolución, el magistrado exigió que el Ministerio de Salud y los organismos involucrados acrediten con documentación concreta el estado del expediente administrativo. Además, ordenó que el informe incluya respuestas específicas a los planteos formulados por la parte actora, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y la Asesora de Menores, todas intervinientes en la causa.
González Charvay fue categórico al señalar que el Gobierno tiene tiempo hasta el 4 de febrero de 2026 para poner en plena ejecución la norma, independientemente de lo que resuelva la instancia superior. Según detalló, la ley debe estar reglamentada dentro de los 30 días hábiles, contados desde el 18 de diciembre de 2025, fecha en la que concedió la apelación del Estado con efecto devolutivo, es decir, sin suspender la ejecución del fallo.
“La ley deberá estar en plena ejecución para el día 04/02/2026”, remarcó el juez, quien aclaró que el cálculo del plazo no es arbitrario sino que surge del propio texto legal. De este modo, reforzó la obligación del Poder Ejecutivo de cumplir con las decisiones judiciales aun cuando existan recursos pendientes.
El conflicto se originó cuando el Gobierno, tras verse obligado a promulgar la ley luego de que el Congreso rechazara su veto, dictó el Decreto 681/2025, que suspendía su aplicación. El argumento oficial fue la falta de especificación sobre las fuentes de financiamiento para cubrir los nuevos gastos que implicaba la norma.
Esa decisión motivó una demanda colectiva impulsada inicialmente por padres de niños con discapacidad, a la que luego se sumaron organizaciones civiles y prestadores de servicios, convirtiéndose en un caso de alcance nacional. El pasado 12 de diciembre, el magistrado declaró inválido el artículo del decreto que suspendía la ley y consideró que el Ejecutivo había invadido facultades del Congreso, violando el principio de supremacía constitucional.
Además, calificó como falaz el argumento económico del Gobierno, al recordar que la propia ley faculta al Jefe de Gabinete a reasignar partidas presupuestarias para garantizar su financiamiento. Tras ese fallo, el Ejecutivo apeló la decisión, que actualmente está bajo análisis de la Sala II de la Cámara Federal de San Martín.
Mientras la apelación no se resuelva, la sentencia debe cumplirse. A principios de enero, la Procuración del Tesoro informó que había iniciado gestiones para implementar la norma, aunque advirtió que el proceso requería tiempo. Ahora, el juez les exigió que acrediten esos avances con documentación en un plazo perentorio.
Durante el proceso judicial se expuso la grave crisis del sector. Entre diciembre de 2023 y mayo del año pasado, la inflación acumuló un aumento superior al 114%, mientras que los aranceles a prestadores de servicios solo se actualizaron un 42,6%, generando una pérdida del poder adquisitivo del 51%. Esto derivó en cierres de instituciones y suspensión de tratamientos esenciales.
La Ley de Emergencia en Discapacidad apunta a mejorar el financiamiento del Sistema de Prestaciones Básicas, que incluye pensiones y aranceles. Con el plazo del 4 de febrero en el horizonte, el Gobierno deberá demostrar que cumple con la sentencia judicial y garantizar los derechos de las personas con discapacidad.