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Judiciales > Tribunales

El hombre que golpeó salvajemente a su hijo y amenazó a su mujer no irá a la cárcel

El acusado recibió tres años de prisión en suspenso tras violar medidas de protección y agredir a sus familiares.

POR REDACCIÓN

Hace 2 horas
El magistrado Alberto Ramón Caballero presidió la audiencia de juicio abreviado.

En el marco de un juicio abreviado, la Justicia de San Juan condenó a L.A.W. (identificado con iniciales para resguardar a las víctimas) a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. El fallo, dictado por el juez subrogante Alberto Ramón Caballero, unificó diversos delitos que incluyen lesiones leves y agravadas por el vínculo y violencia de género, amenazas, violación de domicilio, hurto simple y desobediencia judicial.

La escalada de violencia alcanzó su punto crítico el 27 de diciembre de 2025. Esa madrugada, el hombre saltó una reja e ingresó al domicilio de su expareja, ignorando las medidas de protección vigentes. Según consta en la denuncia, el agresor le gritó desde el exterior: “Te voy a matar culiada, ya vas a ver, te voy a matar, les voy a prender fuego ¿Con quién estás adentro culiando? Te quiero ver, a ver, prendé la luz”.

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Horas más tarde, el sujeto le envió mensajes intimidatorios asegurando que se había “descargado la bronca” con otra persona. Minutos después, la mujer supo que el condenado había interceptado a su hijo de 21 años en la vía pública, a quien atacó con golpes de puño en el rostro y cuello hasta derribarlo. Vecinos intervinieron para detener la agresión, pero el imputado regresó poco después exhibiendo un cúter y lanzando nuevas amenazas de muerte contra el joven y su familia.

El historial delictivo de L.A.W. pesó en la resolución; el expediente menciona un hecho de marzo de 2022 donde estranguló a su expareja hasta la pérdida de conocimiento, y otro episodio en diciembre de 2025 donde la persiguió y agredió en la calle.

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Debido a la reiteración de estas conductas, el juez resolvió revocar el beneficio de suspensión del juicio a prueba que poseía el individuo. Aunque no irá a la cárcel, deberá cumplir durante dos años estrictas reglas de conducta: tiene prohibición absoluta de contacto con los damnificados, debe someterse a tratamiento psicológico, abstenerse de consumir alcohol o drogas y quedar bajo el control del Patronato de Presos y Liberados. La causa fue impulsada por la fiscal Alejandra Bazán y Laura Romero de CAVIG, mientras que la defensa estuvo a cargo de Jorge Bustos.

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