Política > Bajar la informalidad
Los incentivos que propones la Reforma Laboral para aumentar el trabajo "en blanco"
La propuesta crea ventanas de oportunidad limitadas en el tiempo donde el Estado asume parte del costo de la formalización, tanto para nuevas contrataciones como para regularizar situaciones existentes.
El Proyecto de Ley de Modernización Laboral presentado por el Poder Ejecutivo nacional contiene un conjunto articulado de medidas diseñadas para reducir los niveles de empleo no registrado mediante el estímulo económico, complementando los mecanismos tradicionales de fiscalización. La estrategia se fundamenta en tres pilares principales que buscan modificar los incentivos tanto para empleadores como para trabajadores.
Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL)
El Título XX del proyecto crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), un instrumento de promoción de nuevas contrataciones registradas. Su objetivo es reducir significativamente el costo laboral no salarial inicial para el empleador que incorpore trabajadores provenientes de situaciones de informalidad, desempleo o del sector público.
Según los artículos 152 a 159, los empleadores que contraten bajo este régimen gozarán de alícuotas reducidas en sus contribuciones patronales por un período de cuarenta y ocho meses. En concreto, las contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares se fijan en un dos por ciento (2%), mientras que la correspondiente al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) se establece en un tres por ciento (3%). Estas alícuotas representan una reducción sustancial frente a los valores generales vigentes.
Programa de promoción del empleo registrado (PER)
Como contrapartida para regularizar situaciones laborales preexistentes, el Título XXII instituye el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER). Este mecanismo funciona como un régimen de regularización extraordinaria, combinando condonación de deudas y facilidades de pago.
De acuerdo con los artículos 164 a 172, los empleadores que registren relaciones laborales no declaradas o deficientemente declaradas podrán acceder a una condonación no inferior al setenta por ciento (70%) del capital e intereses adeudados a los distintos subsistemas de la seguridad social (SIPA, INSSJP, Obras Sociales, etc.). El saldo restante podrá cancelarse mediante un plan de facilidades de pago de hasta setenta y dos (72) cuotas, con una tasa de financiación máxima del doce por ciento (12%) anual. El acceso a estos beneficios está supeditado a la registración inmediata de los trabajadores y al mantenimiento de la regularidad futura.
Protecciones para el trabajador en proceso de formalización
El proyecto contempla, asimismo, garantías específicas para los trabajadores que transiten desde la informalidad hacia un empleo registrado mediante estos instrumentos.
El artículo 166 establece que los períodos regularizados serán computados a los fines de acreditar los años de servicios requeridos para acceder a la Prestación Básica Universal y a la prestación por desempleo, aunque dichos períodos no serán considerados para el cálculo de montos previsionales.
Paralelamente, el artículo 160 dispone que los beneficiarios de planes o programas de empleo y asistencia social instrumentados por el Ministerio de Capital Humano que sean contratados bajo el RIFL podrán continuar percibiendo dichas prestaciones por un plazo máximo de un (1) año desde la registración, en carácter de subsidio a la nueva condición de formalidad laboral.
Fundamento y alcance de la estrategia
La arquitectura de estos regímenes responde a una lógica de política pública basada en incentivos económicos antes que en la mera sanción. Se busca alterar el cálculo costo-beneficio del empleador, haciendo financieramente más atractiva la opción de registrar a sus trabajadores, ya sea en nuevas incorporaciones (vía RIFL) o en la regularización de vínculos existentes (vía PER).
Para el trabajador, los incentivos se materializan en la adquisición de derechos plenos (protección frente al despido, acceso a jubilación, vacaciones, etc.) y en una transición protegida que no elimina abruptamente otros soportes de ingresos.
La efectividad de esta estrategia dependerá de múltiples factores, incluyendo la percepción de sostenibilidad de los beneficios, las condiciones generales de la economía y la capacidad de articularse con otras simplificaciones administrativas previstas en el mismo proyecto de ley. Su implementación está concebida como una ventana de oportunidad limitada en el tiempo, con plazos específicos para su adhesión.