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Política > Precedente local

San Juan sentó un precedente al aplicar la nueva ley laboral que obligó a suspender el paro docente

El subsecretario de Trabajo de San Juan, Franco Marchese, explicó que la suspensión del paro docente se debió a la falta de presentación del plan de contingencia que exige la nueva ley de modernización laboral para los servicios esenciales.

POR REDACCIÓN

Hace 2 horas
Marchese: “La ley está vigente y estamos obligados a aplicarla”. FOTO: Gentileza

La entrada en vigencia de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei tuvo su primer impacto concreto en San Juan con la suspensión del paro docente que había sido anunciado por los gremios. La decisión se produjo luego de que la Subsecretaría de Trabajo intimara a los sindicatos a cumplir con los nuevos requisitos que establece la normativa para los servicios considerados esenciales.

El subsecretario de Trabajo de la provincia, Franco Marchese, explicó los motivos de la medida durante una entrevista en Radio Sarmiento, donde detalló que la intervención se basó en la aplicación de la nueva legislación nacional.

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La intimación a los gremios

Según explicó Marchese, la medida adoptada por el organismo provincial respondió a una cuestión estrictamente técnica y legal vinculada con la nueva ley de modernización laboral.

“El paro estaba comunicado dentro de los plazos correspondientes, pero no acompañaron el plan de acción o contingencia que exige la nueva ley”, señaló el funcionario.

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La normativa establece que, cuando un sindicato decide realizar una medida de fuerza en un servicio esencial, debe presentar junto con el aviso de paro un plan que garantice la continuidad mínima del servicio. Ese requisito no fue presentado por los gremios docentes.

Ante esa situación, la Subsecretaría de Trabajo emitió una intimación formal para que se cumpliera con esa exigencia. Finalmente, los sindicatos decidieron suspender la medida.

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“Simplemente se los intimó diciéndoles que no habían acompañado el plan de contingencia que exige la ley vigente”, explicó Marchese.

Educación dentro de los servicios esenciales

Uno de los cambios centrales que introduce la reforma laboral es la inclusión de la educación dentro del listado de servicios esenciales. Esto implica que, incluso durante una huelga, debe garantizarse una prestación mínima del servicio.

Marchese detalló que la ley establece que los sindicatos deben asegurar al menos el 75% de funcionamiento cuando se trata de actividades consideradas esenciales.

“La ley es muy clara: si un sindicato decide tomar una medida de fuerza, debe asegurar como mínimo el 75% de la prestación de ese servicio”, afirmó.

En ese sentido, el funcionario aclaró que la normativa no elimina el derecho a huelga, sino que establece condiciones para su ejercicio cuando se trata de sectores considerados fundamentales.

“No se prohíbe reclamar ni hacer medidas de fuerza, es simplemente hacerlo bajo estas condiciones”, sostuvo.

Un precedente en la aplicación de la ley

Desde la Subsecretaría de Trabajo consideran que lo ocurrido con el paro docente podría convertirse en uno de los primeros antecedentes en el país en la aplicación de la nueva legislación laboral.

“Con lo que se hizo ayer se está sentando un precedente para las próximas medidas de fuerza”, señaló Marchese durante la entrevista.

La intención, explicó, es que ese antecedente sirva para que los sindicatos conozcan las nuevas condiciones que deben cumplir antes de convocar una huelga en sectores considerados esenciales.

Qué podría pasar con el paro médico

La aplicación de la normativa también podría impactar en otros conflictos gremiales en la provincia. En los próximos días, sindicatos del sector sanitario evalúan realizar medidas de fuerza, una situación que también quedaría alcanzada por la ley.

Marchese recordó que la salud también forma parte del listado de servicios esenciales, por lo que las mismas condiciones deberían cumplirse.

“Si se trata de un servicio esencial, como la salud o el transporte, también deben garantizar el 75% del servicio”, explicó.

Por el momento, desde la Subsecretaría de Trabajo señalaron que no existe una presentación formal del paro médico, aunque remarcaron que, en caso de concretarse, los gremios deberán acompañar el plan de contingencia correspondiente.

“Mientras la ley esté vigente, nosotros estamos obligados a aplicarla”, concluyó el funcionario.

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